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Decisión histórica contra la vacunación obligatoria por parte de un tribunal italiano + Riesgo de vacuna contra el covid para el genoma humano ahora legalmente establecido (Italia)

El 6 de julio de 2022, el tribunal de Florencia ha aprobado una sentencia que anula la medida adoptada por la Orden de Psicólogos de Toscana contra uno de sus miembros, por la siguiente razón: ‘la suspensión del ejercicio de la profesión corre el riesgo de comprometer derechos individuales primarios tales como el derecho a la subsistencia y el derecho al trabajo’.

La juez dictaminó que el psicólogo no necesita estar vacunado para ejercer su trabajo al establecer que:

  • estas sustancias no previenen ni la infección y de la transmisión. Por lo tanto, frente a la ley italiana, no puede existir una obligación.
  • También reconoce que estas sustancias provocan eventos adversos severos.
    Por lo tanto, es aún menos legítimo obligar a alguien a inyectarse
    .
  • La juez puso en el centro la dignidad del ser humano y se refirió en dos ocasiones al período del nazismo y del fascismo. La vacunación obligatoria es posible si existe un consentimiento informado. Para las inyecciones de Covid, explicó que no es posible un consentimiento informado porque no conocemos los ingredientes y los mecanismos de estas sustancias debido al secreto industrial y a un supuesto secreto militar.

Esta decisión provisional se basa en una conclusión grave: no hay derecho a suspender a un ciudadano del derecho al trabajo en base a esta solicitud ilegal de vacunación con estas sustancias experimentales.

Con esta histórica decisión judicial, “el riesgo para el genoma humano ahora está legalmente establecido”, dijo Renate Holzeisen, abogada italiana dedicada a la defensa de los Derechos Humanos, en una entrevista para una radio italiana .

“Esto podría ser un hito”, dijo Reiner Fuellmich durante el Comité Corona 113, entrevistando a Renate Holzeisen.

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No hay obligación ya que los datos oficiales muestran que estas sustancias experimentales no previenen la infección y la transmisión entre las personas tratadas con 3 o más inyecciones de Covid.

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En primer lugar, la juez declara que, según los datos publicados por el Ministerio de SaludAIFA (Agencia Italiana de Medicamentos) y SSN (Servicios de Salud Italianos), está muy claro que estas sustancias (también conocidas como vacunas Covid), definidas varias veces por el juez como «experimentales», no previenen la infección del virus. Para una vacunación obligatoria, se debe demostrar que las sustancias funcionan.

Por lo tanto, como no funcionan, frente a la ley italiana, no puede haber una obligación.

El médico que dirige los cuidados intensivos en Verona ha declarado en televisión que todos los pacientes de Covid en cuidados intensivos son personas tratadas con 3 inyecciones de Covid.

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No se puede obligar a nadie a inyectarse ya que estas sustancias provocan efectos adversos graves y esto se basa en datos públicos oficiales sobre los efectos adversos.

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En la resolución judicial, la juez también reconoce que estas sustancias provocan efectos secundarios muy graves que pueden llegar incluso a provocar la muerte, y también se refiere al riesgo de mutación genética.

Por lo tanto, es aún menos legítimo obligar a alguien a inyectarse.

La juez declaró que no se puede sacrificar la vida y la salud de un individuo en beneficio de la población, pero en base a los datos públicos provenientes de las autoridades sanitarias italiana y europea, hay evidencia de que, al final, ni siquiera hay un beneficio para la comunidad.

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La Dignidad del ser humano está en el centro. La vacunación obligatoria no es posible porque NO existe un consentimiento informado debido al supuesto secreto militar e industrial sobre los ingredientes y el mecanismo de estas inyecciones.

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Incluso si estas sustancias funcionaran para prevenir estas infecciones, después del período nazi y el fascismo, no pueden ser obligatorias sin un consentimiento informado.

La juez afirmó que no hay beneficio por estas sustancias PERO aunque lo hubiera, no podemos sacrificar el derecho individual en nombre del interés común, y poner en cuestión la dignidad del ser humano.

El juez se refirió dos veces al período nazi y al fascismo, al artículo 32 de la Constitución italiana, destacando que hay una razón por la cual la dignidad está en el centro del primer artículo de la constitución alemana.

Explicó que no es posible un consentimiento informado porque no conocemos los ingredientes y los mecanismos de estas sustancias (secreto industrial y presunto secreto militar).

Debemos recordar que un grupo de activistas italianos por los  derechos humanos que presentaron una reclamación por la Ley de libertad de información a la EMA y a la Autoridad Italiana de Cuidados pidiendo información clara sobre los ingredientes y la seguridad de estas sustancias experimentales, también conocidas como inyecciones de Covid. Como respuesta, la EMA dijo que no se puede compartir información ya que existe un secreto militar.

En su decisión, la juez expresó: no hay información disponible sobre estas sustancias y aunque pedimos información públicamente, no la recibimos. No hay consentimiento informado.

En esta histórica decisión, la juez toscana concluyó que en base a todo ello, la discriminación de esta psicóloga y su suspensión laboral es totalmente ilegal. Incluso antes de escuchar a la otra parte (Colegio de Psicólogos de Toscana), debido al daño irreversible en curso sufrido por la demandante y debido a la evidencia clara, suspendió la decisión del Colegio de Psicólogos de Toscana de suspender a la demandante y fijó una audiencia judicial para el 15 de septiembre.

Pero la juez también mostró que no hay necesidad de acudir a la corte constitucional ya que sabemos que estas sustancias (también conocidas como vacuna Covid-19) no previenen la infección. 

Frente a la ley italiana sobre la vacunación obligatoria contra el Covid, basta con decir que la suspensión del trabajo de los trabajadores de la salud es ilegítima porque estas sustancias no hacen lo que exige la constitución.

La vacunación obligatoria para muchas otras categorías de trabajadores (maestros, pirotécnicos, militares, policías, etc.) ya estaba prevista y para los ciudadanos mayores de 50 años sigue en vigor la vacunación obligatoria.

Esta es la primera decisión con la que un juez italiano declara la verdad material y que la imposición del tratamiento es radicalmente ilegítima.

Lea la decisión de la corte aquí.

Vea a Renate Holzeisen con Reiner Fuellmich en el Corona Auschuss 113 aquí.
“Éxito legal en Italia: Apelación de emergencia concedida, inyecciones clasificadas como experimentales” Stiftung Corona Ausschuss – Sesión 113

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